LEY DE INDEPENDENCIA
Establecía que la Provincia Oriental era, a partir de esta ley, libre e independiente de todo poder extranjero.
LEY DE UNIÓN
Por medio de esta ley
la Provincia Oriental retomaba la unión con las Provincias, que había
quedado interrumpida durante la dominación de Portugal y del Brasil.
LEY DE PABELLÓN
Expresaba la
necesidad de crear un símbolo que represente a la Provincia y se
proponía que el pabellón sea “…compuesto de tres franjas
horizontales, celestes, blanca y punzó…” como el utilizado por
los Treinta y Tres Orientales en la Agraciada.
Junto a estas tres leyes denominadas fundamentales se enunciaron otras leyes importantes, entre ellas la de "libertad de vientres". Esta ley determinaba que los hijos de esclavos serían considerados libres desde el momento de su nacimiento. Anteriormente los hijos de esclavos heredaban dicha condición. Sin embargo el tráfico de esclavos continuó, a pesar de que la ley lo prohibía, por muchos años en nuestro país.
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